El Directorio de la CONACOM sancionó a tres empresas por incumplimiento del deber de colaboración con la institución

24 de octubre de 2022

El Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) decidió sancionar a tres firmas por haberse acreditado que incumplieron el deber de colaboración con la CONACOM establecido en el artículo 61 de la Ley N° 4956/2013, en concordancia con la reglamentación vigente.

Estos incumplimientos se dieron en el marco de requerimientos de información realizados durante la evaluación de la operación de concentración del Grupo VIERCI y Supermercados Nuevo Super (Caacupé), recientemente autorizada con condicionamientos.

Las firmas infractoras son BIGGIE S.A., MUSTER S.A. (FORTIS) y NOVEX S.A. (OCHSI). La primera de las firmas citadas fue objeto de sanción dos veces por incumplir diferentes requerimientos de información realizados.

De esta manera, el Directorio hizo lugar a las solicitudes formuladas por la Dirección de Investigación, que había manifestado el supuesto incumplimiento del deber legal de colaboración en la provisión de información requerida a dichas empresas.

La firma BIGGIE S.A., por Resolución D/AL N° 80, fue sancionada con una multa equivalente a cincuenta (50) jornales mínimos diarios; y por Resolución D/AL N° 81, fue sancionada con una multa equivalente a cien (100) jornales mínimos diarios.

La firma MUSTER S.A. (FORTIS), por Resolución D/AL N° 82, fue sancionada con una multa equivalente a cien (100) jornales mínimos diarios.

La firma NOVEX S.A. (OCHSI), por Resolución D/AL N° 83, fue sancionada con una multa equivalente a cien (100) jornales mínimos diarios.

Todas las multas corresponden a jornales mínimos diarios para actividades diversas no especificadas, vigentes a la fecha de pago efectivo de la multa o de la ejecución forzada del pago.