El Directorio sancionó a dos firmas por incumplimiento del deber de colaboración con CONACOM

8 de noviembre de 2024

El Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) decidió sancionar a dos firmas por haberse acreditado que incumplieron el deber de colaboración con la CONACOM, establecido en el artículo 61 de la Ley N° 4956/2013, en concordancia con la reglamentación vigente.

Estos incumplimientos se dieron en el marco de requerimientos de información realizados por la Dirección de Investigación durante la evaluación de la operación de concentración del Grupo Harrison y Grupo Migone.

De esta manera, el Directorio hizo lugar a las solicitudes formuladas por la Dirección de Investigación, que había manifestado el supuesto incumplimiento del deber legal de colaboración en la provisión de información requerida a dichas empresas.

Las firmas infractoras son el Círculo Paraguayo de Médicos y SAMAJA S.A., ambas fueron sancionadas con multas equivalentes a diez (10) jornales mínimos diarios para actividades diversas no especificadas, vigentes a la fecha de pago efectivo de la multa o de la ejecución forzada del pago.

Círculo Paraguayo de Médicos

SAMAJA S.A.