El Directorio sancionó a firma por incumplimiento del deber de colaboración con la CONACOM

14 de octubre de 2024

El Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) decidió sancionar a la firma YRENDAGUE Servicios de Seguridad S.A. por haberse acreditado que incumplió el deber de colaboración con la CONACOM, establecido en el artículo 61 de la Ley N° 4956/2013, en concordancia con la reglamentación vigente.

Este incumplimiento se dio en el marco de requerimientos de información realizados durante el seguimiento del programa de condicionamientos impuesto a la operación de concentración de «Prosegur S.A. y Wackenhut Paraguay S.A.»

De esta manera, el Directorio hizo lugar a la solicitud formulada por la Dirección de Investigación, que había manifestado el supuesto incumplimiento del deber legal de colaboración en la provisión de información requerida a dicha empresa.

La firma YRENDAGUE Servicios de Seguridad S.A., fue sancionada por Resolución D/AL N° 89/2024, con una multa equivalente a diez (10) jornales mínimos diarios para actividades diversas no especificadas, vigentes a la fecha de pago efectivo de la multa o de la ejecución forzada del pago.