La CONACOM dispuso apertura de sumario de instrucción contra la firma COPETROL S.A. por supuesto incumplimiento de condicionamientos

25 de mayo de 2023

La CONACOM ha dispuesto la apertura de un sumario de investigación contra COPETROL S.A. por supuesto incumplimiento de condicionamientos impuestos en el marco de la evaluación de la operación de concentración “COPETROL S.A. Y PETROBRAS PARAGUAY Y DISTIBUTION LIMITED / PETROBRAS PARAGUAY OPERACIONES Y LOGISTICAS S.R.L. / PETROBRAS PARAGUAY GAS S.R.L.” – Expediente N° 072/2019.

Por medio de la Resolución D/AL N° 22 de fecha 18 de abril del 2023, el Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia ha resuelto tener por iniciado un sumario de investigación contra la firma COPETROL S.A., por presunta infracción a los artículos 13 y 14 de la Ley N° 4956/2013 y el artículo 34 del Decreto Reglamentario N° 1490/2014, en atención al supuesto incumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 – Condicionamientos estructurales, numeral 1.1 del Programa de Condicionamientos, respecto de los distritos de Yatytay y Carmen del Paraná, establecido en el Anexo de la Resolución D/AL N° 03/2019.

El supuesto hecho de que COPETROL no haya limitado la cantidad de estaciones de servicio que operan bajo el emblema COPETROL y PETROBRAS al máximo del cincuenta por ciento (50%) del total de estaciones de servicio existentes en los distritos de Yatytay y Carmen del Paraná, obligación que fuera impuesta en el numeral 1.1 del Programa de Condicionamientos establecido en el Anexo de la Res. D/AL N° 03/2019, se encuadraría como transgresión a las condiciones impuestas por la CONACOM y, por tanto, en una supuesta infracción a los artículos 13 y 14 de la LDC y al artículo 34 del Decreto Reglamentario.

Lo anterior fue resuelto luego de analizar el Requerimiento en ese sentido realizado por la Dirección de Investigación de la Institución por medio de la Nota Técnica CONACOM/DI N° 03/2023, en fecha 31 de marzo del corriente.

La Dirección de Investigación cuenta con un plazo de noventa (90) días hábiles – prorrogable por el mismo término por causas fundadas- para verificar los extremos señalados y acusar o desestimar la denuncia.

Se hace constar que la instrucción del presente sumario no constituye un prejuzgamiento acerca de la falta investigada, sino como una actuación de la autoridad administrativa tendiente a verificar incumplimientos de la Ley de Competencia.