El 16 de septiembre de 2025, el Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) emitió la Opinión del Directorio D/11/2025, en la cual analizó el proyecto de ley «Que crea el sello de precio justo para productos de consumo masivo», a solicitud de la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros de la Honorable Cámara de Diputados.
Cabe destacar que la CONACOM es una institución técnica que tiene la misión de promover y defender la libre competencia en los mercados y, como tal, en su rol de análisis regulatorio, la institución estudia desde un punto de vista jurídico y económico las barreras a la competencia para contribuir a la toma de decisiones de las autoridades del sector regulado con la debida consideración del impacto que sus actuaciones pueden tener en la competencia.
La Opinión observa que, si bien el programa es definido como voluntario, la eficacia de la norma se basaría en que el sello sea relevante para los consumidores, por lo que su obtención podría ser eventualmente una necesidad para participar competitivamente en el mercado. En ese sentido, el sello de precio justo podría constituirse en una señal para los participantes del sector, que puede ser empleada para facilitar conductas anticompetitivas, incluyendo la suba de precios en caso de que sea posible dentro de los indicadores definidos, u otras medidas como la baja de la calidad de los productos o la estandarización de la oferta que lleven a una reducción de la cantidad de opciones para los consumidores.
Asimismo, la inclusión de dos gremios en el proceso de determinación de los criterios generaría el riesgo de distorsionar la competencia facilitando la consolidación de conductas anticompetitivas y la implementación de criterios que favorezcan a sus miembros y perjudiquen a sus competidores. Su eventual participación en la evaluación misma de los productos generaría el riesgo de que sus miembros accedan a información sensible de competidores y que puedan influir en la denegación de sus solicitudes del sello. Con esto, se podría igualmente desincentivar la participación en el programa de los no miembros de los gremios incluidos en el procedimiento de evaluación.
La opinión fue comunicada a la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros de la Honorable Cámara de Diputados.